El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció los criterios para la aplicación de la valla electoral. Esto determinará qué organizaciones políticas podrán acceder a la distribución de escaños en la Cámara de Senadores y en la Cámara de Diputados. Todo en el marco de las Elecciones Generales 2026. La decisión, adoptada el 12 de marzo de 2026, busca garantizar seguridad jurídica, claridad en las reglas de competencia y predictibilidad electoral. De modo que los partidos y la ciudadanía conozcan con anticipación las condiciones para obtener representación en el próximo Congreso bicameral.
¿Cuál es la valla?
De acuerdo con lo dispuesto, para participar en el procedimiento de asignación de escaños, las organizaciones políticas deberán cumplir simultáneamente con dos requisitos principales. En el caso del Senado, se exige haber alcanzado al menos el 5 % del número legal de miembros equivalente a tres senadores de un total de 60 y obtener como mínimo el 5 % de los votos válidos a nivel nacional. Para la Cámara de Diputados, el requisito es haber logrado al menos el 5 % del número legal de miembros, es decir siete diputados de 130, y obtener un mínimo del 5 % de los votos válidos nacionales.
En lo que respecta al Senado, el cálculo de los votos válidos se realizará considerando la suma de los obtenidos en ambas modalidades de elección: la elección por distrito electoral único nacional y la elección por distritos electorales múltiples o regionales. Esta metodología busca valorar de manera integral el respaldo electoral de cada organización y evitar que un resultado aislado en una modalidad excluya a partidos con apoyo significativo en el conjunto de la elección.
Para la Cámara de Diputados, dado que sus integrantes se eligen mediante una única modalidad electoral por distrito múltiple, la aplicación de la valla electoral es directa y se ajusta a lo establecido en la ley.

